ADORNO

Las Escrituras no prohíben el uso del símbolo cultural para el matrimonio por razones maritales, sociales o

culturales; ni tampoco establece su necesidad. En ciertas situaciones, el símbolo o emblema para el matrimonio

puede fortalecer el pacto matrimonial y el orden, y de esta manera su uso no es como ornamento. Por lo tanto,

aunque puede ser que el símbolo cultural o emblema para el matrimonio no sea necesario, puede ser utilizado por

situaciones maritales, sociales y culturales para preservar el principio de autoridad y la integridad del matrimonio

(Génesis 3:16; 1 Corintios 11:8; Efesios 5:22, 23). Las Escrituras no prohíben (de forma absoluta) ni requieren

el uso de adorno ornamental. Pero sí presentan principios de precaución firmes respecto a su uso tales como:

modestia, pudor y prudencia, y llama la atención al adorno del hombre interior como uno de "ornato de espíritu

agradable y pacífico" (1 Timoteo 2:9, 10; 1 Pedro 3:3, 4). El ornamento no debe ser usado de ninguna manera que

se preste para prácticas idólatras, de ocultismo o lujuria. (Isaías 3:18-22; Hechos 8:9; 19:19; 1 Corintios 5:10; 6:9;

Gálatas 5:19-21; Apocalipsis 2:20-23). También es importante recordar que el adorno incluye más que las joyas

solamente. Para aplicar los principios prudentes de las Escrituras (tanto para los que los usan como los que no los

usan) encontramos un principio fundamental en Romanos 14:13: "Así que, no juzguemos más los unos de los

otros: antes bien juzgad de no poner tropiezo ó escándalo al hermano [hermana]".



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